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Requisitos de una licencia de actividad: qué hay que cumplir antes y durante el trámite

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Equip tècnic Llicència d'Activitat
21 May 2026 6 min 19 visitas

Requisitos de una licencia de actividad: qué hay que cumplir antes y durante el trámite

Cuando quieres abrir, traspasar o reformar un negocio en Cataluña, lo primero que suele fallar es no tener claros los requisitos de una licencia de actividad. No son solo papeles: implica que el local sea compatible con la actividad, que cumpla unas condiciones técnicas y que la documentación cuadre con lo que harás. Saberlo antes ahorra dinero y sorpresas.

Respuesta rápida: los requisitos de una licencia de actividad se dividen en cuatro bloques. Primero, el local debe ser urbanísticamente compatible con la actividad. Segundo, la actividad se clasifica (inocua, comunicada o clasificada) para saber qué trámite aplica. Tercero, hay que cumplir condiciones técnicas (salida de humos, aforo, accesibilidad, prevención de incendios, ruido). Y cuarto, presentar la documentación, a menudo con un proyecto técnico firmado.

Trámite probableComunicación previa, declaración responsable o licencia, según la actividad
Puntos críticosCompatibilidad urbanística, salida de humos, aforo, accesibilidad
Hay que validarQue el local admita el uso previsto, antes de firmar el alquiler
Documentación baseMemoria o proyecto técnico, planos, certificados finales

1. Requisitos del local

El primer filtro son las condiciones del local. Si urbanísticamente no admite la actividad que quieres hacer, ni el mejor proyecto del mundo arregla la situación. Por eso, antes de firmar ningún alquiler o compra, tiene sentido revisar la compatibilidad urbanística con un certificado de compatibilidad urbanística, que confirma que el uso previsto está permitido en esa dirección según el planeamiento municipal.

Además del uso permitido, suele comprobarse:

  • Que el local tenga la cédula o licencia de uso comercial en regla, según el caso.
  • Que no haya expedientes sancionadores o requerimientos abiertos asociados al local.
  • Que la superficie útil y la altura sean coherentes con el aforo previsto.
  • Que las instalaciones (agua, gas, electricidad, saneamiento) estén conectadas y sean adecuadas a la actividad.
Lo más importanteAntes de firmar un alquiler o iniciar obras, vale la pena validar la compatibilidad urbanística. Una actividad con un local incompatible es un callejón sin salida: o cambias de local, o cambias de actividad.

2. Clasificación de la actividad

El tipo de trámite depende de cómo se clasifica la actividad según la normativa autonómica y las ordenanzas municipales aplicables. Se habla de actividades inocuas (impacto mínimo), comunicadas y clasificadas, cada una con su procedimiento. Tabla orientativa, siempre sujeta a validación caso por caso:

Tipo de actividadTrámite habitualRequisitos típicos
Inocua: oficina sin atención al público, pequeño comercio sin riesgoDeclaración responsableDocumentación básica del local y de la actividad
Comunicada: bar, peluquería, despacho con atención al públicoComunicación previaMemoria o proyecto técnico, planos, certificados
Clasificada: restaurante con cocina, taller, gimnasio, locales con afluenciaLicencia o comunicación previa con componente ambientalProyecto técnico completo y justificaciones técnicas

La frontera entre un tipo y otro no siempre es evidente. Que el negocio parezca «pequeño» no implica que sea inocua: un bar que cocina, aunque sea de tapas, suele implicar requisitos superiores por ventilación, humos e incendios. Por eso, cuando tengas dudas sobre qué es exactamente una licencia de actividad y cuál te corresponde, conviene que sea un profesional quien lo determine una vez conoce la actividad real y el local.

3. Condiciones técnicas obligatorias

Independientemente del nombre del trámite, el ayuntamiento y la normativa exigen que el local cumpla unas condiciones técnicas. Las que suelen marcar la diferencia:

  • Salida de humos: obligatoria para cocinas con fritura o cocción continua. Hay que proyectarla saliendo a cubierta y cumpliendo distancias a aberturas, a menudo con autorización de la comunidad de propietarios.
  • Aforo: calculado según la superficie útil y el uso. Determina vías de evacuación, lavabos y, en restauración, módulos de barra.
  • Accesibilidad: entrada sin barreras, lavabo adaptado cuando corresponde, pavimento antideslizante en zonas húmedas.
  • Protección contra incendios: extintores, señalización, salidas de emergencia, carga de fuego compatible con el uso, sectorización en almacenes.
  • Insonorización y ruido: relevante en bares y locales con música, pero también en oficinas con maquinaria o talleres.
  • Ventilación: renovaciones de aire mínimas según actividad; relevante en gimnasios, centros de estética y locales cerrados con afluencia.

Estas condiciones no se comprueban «después»: determinan el proyecto. Si el local falla en alguna y no se puede arreglar, a menudo hay que renunciar a esa actividad o cambiar de local. Es habitual ver a personas que firman un alquiler y descubren tarde que el local no tiene salida de humos viable, y que todo el proyecto queda en suspenso.

4. Documentación y proyecto técnico

A nivel documental, los requisitos varían según el ayuntamiento y la actividad, pero habitualmente hay que aportar:

  1. Identificación del titular (autónomo o sociedad) y del local (dirección, referencia catastral, título de disposición).
  2. Descripción detallada de la actividad: qué harás, horarios, aforo previsto, personal.
  3. Memoria técnica o proyecto técnico de actividad firmado por un técnico competente, según exija el trámite. Para actividades comunicadas y clasificadas suele ser imprescindible: justifica el cumplimiento normativo.
  4. Planos del local (estado actual y, si procede, reformado) con cotas, distribución, instalaciones y recorridos de evacuación.
  5. Certificados finales (instalaciones eléctricas, gas, climatización, contra incendios) una vez ejecutada cualquier obra de adecuación.
  6. Justificantes de pago de las tasas municipales que correspondan.

El objetivo de esta documentación no es «rellenar papeles»: es que el ayuntamiento tenga claro que la actividad cumple las ordenanzas y la normativa autonómica vigente antes de poder iniciarla o continuarla.

5. Errores habituales antes de presentar

  • Firmar el alquiler antes de comprobar la compatibilidad urbanística y el planteamiento técnico del local.
  • Encargar un proyecto sin conocer la actividad real y el aforo definitivo.
  • Asumir que «el anterior tenía licencia» equivale a «yo también»: si la actividad cambia o el local se ha modificado, suele hacer falta un trámite nuevo.
  • Empezar obras de adecuación sin la licencia de obras del local cuando es preceptiva.
  • Iniciar la actividad sin presentar el trámite que corresponde: puede derivar en requerimientos, sanciones y, en casos graves, clausura.

Si estás en este punto — valorando un local, una actividad o un traspaso — tiene sentido explicarnos el caso por el formulario antes de tomar decisiones costosas. Te orientamos sobre el trámite probable y derivamos tu caso a un profesional técnico colaborador de tu zona para que analice el local y te pase un presupuesto de tramitación si decides avanzar. La orientación inicial es gratuita y sin compromiso.

Preguntas frecuentes

¿Necesito siempre un proyecto técnico de actividad?

No siempre. Para actividades inocuas puede ser suficiente una memoria. Para la mayoría de comunicaciones previas y actividades clasificadas sí suele hacer falta un proyecto técnico firmado por un técnico competente.

¿Qué requisitos cambian si abro un bar o restaurante?

Aumentan las exigencias de salida de humos, ventilación, aforo, prevención de incendios y, a menudo, insonorización. También se revisa el plan de usos del municipio en zonas como Ciutat Vella o l'Eixample de Barcelona.

¿Puedo abrir mientras tramito la licencia?

Depende del trámite y del municipio. En comunicaciones previas y declaraciones responsables a menudo se puede iniciar la actividad desde la presentación, pero conviene confirmarlo caso por caso con el profesional colaborador antes de hacerlo.

¿Qué pasa si el local no cumple todos los requisitos?

A menudo hay que ejecutar una obra de adecuación o, si la deficiencia es estructural (sin salida de humos viable, uso urbanístico incompatible), replantear el local o la actividad. Por eso conviene revisarlo antes de firmar nada.

¿Por qué solo trabajáis por formulario?

Porque cada caso implica analizar actividad, local y municipio antes de derivarlo. Trabajar por formulario permite estudiarlo con detalle y asignar el profesional colaborador adecuado según tu zona.



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