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Apertura de centro de trabajo en Cataluña: qué es y cómo se comunica

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Equip tècnic Llicència d'Activitat
9 oct 2026 · Actualizado el 6 min 211 visitas

Cuando se prepara un negocio nuevo, toda la atención se va al ayuntamiento. Pero si va a haber personas contratadas existe un segundo aviso que no es municipal ni tiene que ver con las condiciones del local: la comunicación de apertura de centro de trabajo (en catalán, «obertura de centre de treball»). No tiene tasa y se resuelve en un rato, y quizá por eso es de las que más se olvidan.

Respuesta rápida: la apertura de centro de trabajo es una comunicación laboral que el empresario con personas trabajadoras hace a la autoridad laboral —en Cataluña, la Generalitat— antes de abrir o dentro de los treinta días siguientes. No autoriza nada ni sustituye a la licencia de actividad del ayuntamiento: sirve para que la Inspección de Trabajo sepa dónde se trabaja. En obras de construcción la presenta el contratista antes de empezar.

Qué es la comunicación de apertura de centro de trabajo

Es una obligación de la normativa laboral estatal. El artículo 6 del Real Decreto-ley 1/1986 suprimió la antigua autorización previa para abrir un centro de trabajo y la sustituyó por una simple comunicación a la autoridad laboral, que a su vez informa a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. La Orden TIN/1071/2010 concreta qué datos hay que declarar.

La norma es estatal, pero la comunicación la recibe cada comunidad autónoma: las sedes electrónicas de otros territorios aquí no sirven. En Cataluña se presenta ante la Generalitat.

Centro de trabajo es, en general, cada lugar donde puede encontrarse la persona trabajadora por razón de su trabajo. El trámite sirve para que la Inspección pueda comprobar las condiciones de seguridad y salud; no da ningún permiso ni valida el local.

Quién debe hacerla y quién no

La obligación es del empresario, sea cual sea la actividad. Los criterios que publica la Generalitat aclaran las dudas más habituales:

  • Autónomo sin personal: no tiene que hacerla, porque no tiene la consideración de empresario a estos efectos.
  • Varios locales: una comunicación por cada centro de trabajo.
  • Cambio de titular o de forma jurídica: no obliga a una comunicación nueva si ya se hizo cuando tocaba.

Cuándo se realiza: el plazo de treinta días

La comunicación puede presentarse antes de abrir o dentro de los treinta días siguientes al hecho que la motiva. Y no solo en una apertura: también cuando se reanuda la actividad después de alteraciones, ampliaciones o transformaciones de importancia.

Un ejemplo: una peluquería de Granollers que abre con dos personas contratadas puede enviar la comunicación la semana antes de levantar la persiana o durante el mes siguiente.

Cómo se comunica en Cataluña

Según la ficha del trámite en Canal Empresa, solo puede hacerse por internet, no tiene tasas y termina de forma automática: al enviar el formulario se recibe el acuse de recibo.

TrámiteComunicación de apertura de un centro de trabajo o de reanudación de la actividad
Dónde se presentaPor internet, en Canal Empresa (Generalitat de Catalunya)
Quién la recibeEl servicio territorial del departamento competente en trabajo
PlazoAntes de abrir o dentro de los 30 días siguientes
TasaSin tasas asociadas

El formulario pide datos de la empresa y del centro: actividad, dirección, fecha de inicio, plantilla, superficie y organización preventiva.

El caso de las obras de construcción

Una obra también es un centro de trabajo, y aquí la regla cambia. La comunicación debe ser previa al comienzo de los trabajos y la hace únicamente la empresa que tiene la condición de contratista; las subcontratistas, no. Debe exponerse en la obra en lugar visible y mantenerse actualizada.

En Cataluña hay un formulario específico para obras, que debe firmar el empresario o su representante legal, sin intermediarios.

Esto afecta de lleno a quien adecua un local antes de abrir. Si encargas la reforma, eres el promotor: la ley te pide velar por que el contratista cumpla, y la Orden prevé que la responsabilidad también pueda exigirse al promotor. Pide la copia antes de que empiecen, igual que compruebas el permiso de obras del local.

Esquema comparativo: a la izquierda, el empresario con personal comunica el centro de trabajo a la autoridad laboral; a la derecha, el titular del local tramita la actividad en el ayuntamiento. Debajo, una línea de tiempo con la obra, la apertura y los treinta días posteriores
Dos trámites distintos: el laboral (izquierda) informa a la Generalitat de dónde trabaja el personal; el municipal (derecha) mira el local. En la línea de tiempo, el contratista comunica la obra antes de empezarla (ámbar) y el empresario comunica su centro antes de abrir o dentro de los treinta días siguientes (azul).

En qué se diferencia del trámite municipal

La municipal —la que se explica en la guía de la licencia de actividad— mira el local; la laboral mira a las personas que trabajan en él.

AspectoApertura de centro de trabajoLicencia o comunicación de actividad
NaturalezaLaboral (norma estatal)Municipal (normativa catalana y ordenanzas)
Quién la haceEl empresario con personal; en obras, el contratistaEl titular de la actividad, tenga personal o no
Ante quiénAutoridad laboral: la GeneralitatEl ayuntamiento donde está el local
CuándoAntes de abrir o hasta 30 días despuésAntes de empezar la actividad, según el régimen que toque
Para quéInformar a la Inspección de Trabajo de dónde se trabajaAcreditar que local y actividad cumplen la normativa
Una no cubre la otraLa Orden TIN/1071/2010 lo dice expresamente: el empresario debe hacer la comunicación laboral con independencia de las comunicaciones o autorizaciones que correspondan a otras autoridades. Tener el título municipal no exime de la laboral, y haberla presentado no legaliza un local.

Dónde encaja en el calendario de apertura

Dentro del recorrido para abrir un negocio en Cataluña, la comunicación laboral es de los últimos pasos, pero la obra la adelanta:

  1. Antes de firmar el alquiler: comprobar que el local admite la actividad y qué trámite municipal corresponde.
  2. Antes de empezar la reforma: permiso de obras y, por parte del contratista, comunicación de apertura del centro de trabajo de la obra.
  3. Antes de abrir: altas en Hacienda y en la Seguridad Social, y trámite de actividad en el ayuntamiento.
  4. Al abrir con personal: comunicación de apertura del centro de trabajo, antes o dentro de los treinta días siguientes.

Qué pasa si no se comunica

El texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social (Real Decreto Legislativo 5/2000) tipifica como infracción leve no comunicar la apertura del centro de trabajo o consignar datos inexactos (artículo 11.3). Pasa a ser grave cuando se trata de una industria calificada como peligrosa, insalubre o nociva (artículo 12.5). La Generalitat añade que presentarla fuera de plazo también se considera infracción leve.

La comunicación laboral la hace el propio empresario o su gestoría; la ayuda técnica conviene en la parte del local. Si estás preparando una apertura y no sabes qué trámite municipal te toca, cuéntanos la actividad, el local y el municipio: analizamos el caso y lo derivamos a un profesional colaborador de la zona. La orientación inicial es gratuita y el contacto es solo por formulario.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se realiza la apertura de centro de trabajo?

Antes de abrir o dentro de los treinta días siguientes a la apertura, según el Real Decreto-ley 1/1986 y la Orden TIN/1071/2010. En las obras de construcción no hay margen posterior: la comunicación debe ser previa al comienzo de los trabajos.

¿Un autónomo sin trabajadores tiene que comunicar la apertura del centro de trabajo?

Según el criterio que publica la Generalitat, no: el autónomo sin personas trabajadoras a su cargo no tiene la consideración de empresario a estos efectos. La obligación nace cuando contrata a la primera persona para ese centro.

Si ya tengo la licencia de actividad, ¿tengo que hacer igualmente esta comunicación?

Sí, si tienes personal. Son trámites independientes: uno es municipal y mira el local y la actividad; el otro es laboral e informa a la autoridad laboral de dónde trabaja la plantilla.

¿Quién presenta la comunicación cuando hago obras en el local?

La empresa contratista, antes de empezar los trabajos. Las subcontratistas no tienen que hacerla. Quien encarga la obra es el promotor y debe velar por que se haga: conviene pedir una copia.

Si cojo un negocio en traspaso, ¿tengo que volver a comunicar la apertura del centro de trabajo?

La Generalitat indica que un cambio de titularidad del centro o de forma jurídica de la empresa no obliga a una nueva comunicación si ya se hizo en su momento. El título municipal de la actividad, en cambio, hay que revisarlo siempre.

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Cuéntanos la actividad, el municipio y la situación del local. Si tenemos cobertura en tu zona, derivamos la solicitud a un técnico colaborador.

La revisión inicial permite orientar mejor el trámite. La solicitud se analiza según municipio y actividad y la derivamos al profesional colaborador más adecuado.

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