Tienes un local con licencia y quieres cambiar lo que se hace en él: la tienda se convierte en cafetería, la oficina pasa a atender público, el taller amplía servicios. La pregunta es la misma en todos los casos: ¿me sirve la licencia que ya tengo? La respuesta depende de lo distinta que sea la nueva actividad de la anterior.
Respuesta rápida: la licencia o comunicación de actividad está ligada a una actividad concreta en un local concreto. Si la nueva actividad es distinta o cambia las condiciones del local (aforo, instalaciones, molestias), en general hace falta un trámite nuevo. Si solo hay cambios menores que no alteran esas condiciones, a menudo basta con comunicarlo. Cada ayuntamiento lo concreta en sus ordenanzas.
Por qué la licencia no se «traslada» a otra actividad
El título de actividad se concede, o se comunica, para una actividad determinada, con unos planos, un aforo y unas instalaciones concretas. No es un permiso genérico para «hacer negocio» en el local. Por eso, cuando cambias de actividad, el ayuntamiento quiere saber si el local sigue cumpliendo lo que exige la nueva, que puede ser muy distinto.
Es el mismo razonamiento que se aplica al alquilar un local con una actividad anterior: lo que había antes es una pista, no una garantía.
Cuándo hace falta trámite nuevo y cuándo no
| Situación | Qué suele pasar |
|---|---|
| Actividad distinta (tienda a cafetería, oficina a centro de estética) | En general, trámite nuevo |
| Misma actividad con más aforo o más superficie | A menudo, modificación que hay que tramitar |
| Nuevas instalaciones que generan molestias (humos, ruido) | Habitualmente hay que tramitarlo |
| Cambios menores sin afectar a las condiciones del local | A menudo comunicación o ningún trámite, según el municipio |
La línea la marcan sobre todo tres cosas: si cambia el tipo de actividad, si cambian las condiciones de seguridad y aforo y si aparecen molestias nuevas para los vecinos. Cuando cambia alguna, es habitual tener que presentar una nueva comunicación previa de actividad o el trámite que corresponda.

Cambio de actividad no es cambio de titular
A menudo se confunden. Si sigues con la misma actividad pero cambia quién la lleva, lo que toca es un cambio de titularidad de la licencia, que suele ser más sencillo. Si lo que cambia es la actividad, aunque el titular sea el mismo, el trámite es otro.
Primero, el urbanismo
Antes de pensar en el trámite de actividad, hay que saber si el planeamiento permite la nueva actividad en ese local. Hay zonas donde ciertos usos están limitados, y un cambio que parece pequeño puede chocar con ello. Un certificado de compatibilidad urbanística lo aclara antes de invertir. Si el cambio afecta al uso del local, y no solo a la actividad, también conviene leer qué implica un cambio de uso de un local comercial.
Cómo hacerlo con orden
- Define bien la nueva actividad: qué harás, con qué aforo y con qué instalaciones.
- Comprueba la compatibilidad urbanística del local con la nueva actividad.
- Compara con la licencia actual: qué condiciones cambian respecto de lo autorizado.
- Elige el trámite con un técnico: nuevo título, modificación o simple comunicación.
- Planifica obras e instalaciones una vez sepas qué habrá que justificar.
Si estás pensando en cambiar la actividad de tu local, cuéntanos qué haces ahora y qué quieres hacer: analizamos el caso y lo derivamos a un profesional colaborador que te dirá qué trámite toca. Puedes hacerlo desde el formulario de consulta.
Preguntas frecuentes
¿La licencia del local me sirve para otra actividad?
En general no, si la nueva actividad es distinta o cambia las condiciones del local. Hay que revisarlo caso por caso.
¿Ampliar el local cuenta como cambio de actividad?
No es un cambio de actividad, pero a menudo es una modificación que hay que tramitar.
¿Quién me dice qué trámite toca?
Tu ayuntamiento y un técnico. Si quieres, te orientamos y derivamos el caso a un profesional colaborador.