La ITE en Barcelona no tiene misterio municipal: es la misma inspección técnica de edificios que rige en toda Cataluña. Las dudas son otras: a qué edad del edificio toca, quién la encarga y qué documento sale de ella.
Respuesta rápida: en Cataluña, todo edificio con uso de vivienda debe pasar la inspección técnica antes de cumplir 45 años, según el año del catastro. La encarga la propiedad (la comunidad, en un bloque) a un técnico competente. Con su informe se pide el certificado de aptitud a la Agència de l'Habitatge de Catalunya, con una vigencia de 10, 6 o 3 años según las deficiencias.
Qué es la ITE y qué norma la regula
La inspección técnica de los edificios de viviendas (ITE) es un examen visual del edificio, hecho por un técnico, para determinar su estado de conservación y orientar a la propiedad sobre lo que hay que reparar. No tiene por objeto detectar vicios ocultos.
La regula el Decret 67/2015, de 5 de mayo, de la Generalitat. En la consulta hecha en octubre de 2026, el Portal Jurídic de Catalunya lo muestra vigente y sin modificaciones en su articulado.
¿Y en Barcelona? Se aplica ese mismo decreto. El texto permite que los ayuntamientos aprueben programas más exigentes, nunca por debajo del mínimo catalán, y prevé que el Consorci de l'Habitatge de Barcelona colabore en el seguimiento de los informes. No hay una «ITE de Barcelona» distinta.
Cuándo es obligatoria la ITE en Cataluña
La regla general es una sola: el edificio debe someterse a inspección antes de los 45 años de antigüedad. Cuenta el año que consta en el catastro. Los plazos escalonados que el decreto fijó para los edificios más antiguos terminaron entre 2015 y 2020, de modo que hoy la regla es esta, con matices:
- Edificios plurifamiliares: todos, antes de cumplir 45 años.
- Edificios unifamiliares: también, salvo que la edificación principal esté separada 1,5 metros o más de la vía pública, de las zonas de uso público y de las fincas adyacentes. Si la casa tiene la cédula de habitabilidad vigente cuando llega el plazo, no tiene que presentar el informe hasta que caduque.
- Rehabilitación integral: con primera ocupación, los 45 años cuentan desde el final de las obras.
- Antes de los 45 años: hace falta igualmente si se piden ayudas públicas de rehabilitación, o si la Agència o el ayuntamiento constatan deficiencias y la requieren, con un plazo no inferior a tres meses.
- Excluidos: los edificios con expediente de declaración de ruina iniciado.

Quién la encarga y qué técnico la hace
La obligación es de la propiedad. En un edificio en régimen de propiedad horizontal corresponde a la comunidad de propietarios, que asume el coste.
El técnico debe tener titulación habilitante como proyectista, director de obra o director de ejecución en edificación residencial y un seguro de responsabilidad civil en vigor. La Agència de l'Habitatge lo concreta: arquitectos, arquitectos técnicos, aparejadores, ingenieros de edificación y graduados en ciencias y tecnologías de la edificación.
Del informe al certificado de aptitud
De la inspección sale el informe de la inspección técnica. Califica las deficiencias de los elementos comunes en cuatro grados: leves, importantes, graves y muy graves. Tiene una vigencia de cuatro meses: dentro de ese plazo hay que presentarlo, junto con la solicitud del certificado de aptitud, ante la Agència de l'Habitatge de Catalunya.
La Administración tiene tres meses para resolver; si no lo hace, el certificado se entiende obtenido por silencio positivo. El resultado depende del informe:
| Deficiencias del informe | Certificado | Vigencia | Condición |
|---|---|---|---|
| Ninguna o leves | Apto | 10 años | Ninguna |
| Importantes | Apto provisional | 6 años | Verificación técnica cada dos años |
| Graves o muy graves, con medidas cautelares ejecutadas | Apto cautelarmente | 3 años | Verificación como mínimo cada doce meses |
| Graves o muy graves, sin medidas cautelares | Resolución denegatoria | No hay | Hace falta un informe nuevo |
La vigencia se cuenta desde la fecha del informe. Si hay deficiencias, la propiedad debe aprobar un programa de rehabilitación en un año (seis meses si son graves o muy graves) y constituir un fondo de reserva. Antes de que termine la vigencia, toca una inspección nueva.
Qué pasa si el edificio no tiene la ITE
No disponer del informe cuando es exigible puede comportar multas coercitivas y sanciones a los responsables, según la Llei 18/2007, del derecho a la vivienda. La Agència de l'Habitatge la describe como una infracción grave en materia de calidad del parque inmobiliario.
También se nota en una compraventa. Si el edificio está obligado a pasar la inspección, quien vende una vivienda debe entregar al comprador una copia del informe y del certificado de aptitud. El comprador solo puede exonerarle de forma expresa, por causas justificadas ante el notario.
ITE, cédula de habitabilidad y certificado energético
Todos aparecen en una compraventa, pero acreditan cosas distintas.
| Documento | Qué acredita | Quién lo emite | Vigencia |
|---|---|---|---|
| Informe de la ITE | El estado de conservación del edificio | El técnico que encarga la propiedad | 4 meses para presentarlo |
| Certificado de aptitud | Que el edificio es apto para el uso de vivienda | La Agència de l'Habitatge (o la administración local con programa propio) | 10, 6 o 3 años |
| Cédula de habitabilidad | Que una vivienda concreta cumple las condiciones mínimas de habitabilidad | La Administración, a partir del certificado de un técnico | 25 años en obra nueva; 15 años en segunda ocupación (Decret 141/2012) |
| Certificado de eficiencia energética | La calificación energética del edificio o de la vivienda | Un técnico competente | 10 años como máximo; 5 si la letra es G (Real Decreto 390/2021, estatal) |
El decreto de la ITE lo advierte: el certificado de aptitud no presupone que las viviendas del edificio cumplan las condiciones de habitabilidad ni la legalidad urbanística. Para esa otra parte, mira los requisitos de la cédula de habitabilidad o, si el piso está en la ciudad, cómo funciona la cédula de habitabilidad en Barcelona.
Cómo saber si un edificio ha pasado la ITE
- Pedirlo a la comunidad: el presidente o el administrador deberían tener copia.
- Pedirlo al vendedor, si estás comprando.
- Consultarlo en la Agència de l'Habitatge: puede hacerlo la propiedad por el registro electrónico de la Generalitat, acreditando que es parte interesada. Lo explica la Agència en sus preguntas frecuentes sobre la ITE.
La ITE es cosa de la comunidad. El documento que depende de ti como propietario de un piso es otro: si tienes que vender o alquilar y necesitas tramitar la cédula de habitabilidad, cuéntanos el caso y el municipio. Lo derivamos a un profesional técnico colaborador de la zona; la orientación inicial es gratuita.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo es obligatoria la ITE en Cataluña?
Antes de que el edificio de viviendas cumpla 45 años, según el año de construcción del catastro. También si se piden ayudas públicas de rehabilitación o si la Administración la requiere por deficiencias.
¿Cuántos años dura la ITE de un edificio?
El certificado de aptitud dura 10 años sin deficiencias o con deficiencias leves, 6 años con deficiencias importantes y 3 años con deficiencias graves o muy graves y medidas cautelares ejecutadas.
¿Qué pasa si un edificio no tiene la ITE?
El Decret 67/2015 prevé que puede comportar multas coercitivas y sanciones según la Llei 18/2007, del derecho a la vivienda. En una compraventa, el vendedor debe entregar copia.
¿Cómo saber si un edificio ha pasado la ITE?
Lo más rápido es pedir copia a la presidencia o al administrador de la comunidad. La propiedad también puede consultarlo en la Agència de l'Habitatge.
¿La ITE sustituye a la cédula de habitabilidad?
No. La ITE mira la conservación del edificio; la cédula, la habitabilidad de una vivienda concreta.